Enviá tu WHATSAPP a la radio

 En vivo

Radio LT9

Nacionales

Quienes no fueron a votar en las PASO tienen pocos días más para justificarlo

En pocos días vence el plazo para que quienes no cumplieron con el deber de votar en las elecciones primarias lo justifiquen.. Quien no lo haga quedará como “infractor”. Las consecuencias al hacer trámites y el modo de evitarlas.
MARTES 03 DE OCTUBRE DE 2023

Más de 10 millones de personas que figuraban en el padrón nacional de las PASO no se presentaron a votar el pasado 13 de agosto, y todavía pueden hacer lo necesario para evitar las sanciones.

Las normas vigentes establecen que a partir del día de la votación empieza a correr un plazo para que los ciudadanos le demuestren a la Justicia Electoral que su inasistencia tuvo un motivo válido.

El tiempo para llevar a cabo esa gestión, que se puede resolver 100% online en casi todo el país, ahora está muy cerca de acabarse.

¿Qué pasa si no se hace? En caso de no justificar la ausencia en tiempo y forma, el ciudadano quedará como "infractor" en un registro oficial.

Y eso podría traerle dolores de cabeza cuando necesite hacer trámites ante organismos públicos. Salvo que pague una multa.

¿Quiénes estaban obligados a votar en las PASO 2023 y qué excepciones admite la ley?

Participar de las PASO no es optativo, tal como lo indica la última letra de esa misma sigla, que quiere decir "Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias".

Según el Código Nacional Electoral, ir a votar es un "deber" de quienes son considerados "electores".

Así, como regla general, el 13 de agosto tendrían que haber sufragado todos los ciudadanos de entre 18 y 69 años que fueron incluidos en el padrón electoral definitivo.

Como excepción, para los mayores de 70 años votar es siempre opcional. Y para los adolescentes de 16 y 17 años, aunque sí es obligatorio, la ausencia no tiene sanciones previstas, según aclararon desde la Cámara Nacional Electoral (CNE).

Por su parte, en el caso de una persona de 18 a 69 años que no fue a votar, puede considerarse exenta de su obligación solamente si el día del comicio:

1. Estuvo a más de 500 kilómetros del lugar de votación asignado y se acercó a una comisaría a pedir un certificado.

2. Estaba enferma o impedida de asistir por razones de fuerza mayor. En caso de un problema de salud, debe haber pedido un certificado médico.

3. Debió cumplir funciones en el operativo electoral, en un organismo público o en una empresa de servicios públicos que le impidieron ir a votar.

¿Hasta cuándo hay tiempo de justificar la inasistencia a votar y evitar la multa?

El ciudadano que incumplió su obligación tiene 60 días corridos, contados a partir de la votación, para presentar ante la Justicia Electoral los documentos que comprueban que faltó por alguno de los motivos admitidos.

Por lo cual, para quienes faltaron a las PASO 2023, el plazo vencerá el jueves 12 de octubre.

Y si alguien luego se ausentara a la elección nacional general del 22 de octubre, en ese caso habrá tiempo hasta el hasta el 21 de diciembre para justificarlo.

La gestión se debe hacer ante la Secretaría Electoral del distrito o bien ante la Cámara Nacional Electoral, que ofrece una vía online.

¿Cómo es el trámite online para justificar que no fui a votar por un motivo válido?

Para justificar la inasistencia hay que entrar al sitio infractores.padron.gov.ar, escribir el número de documento, seleccionar el género y el distrito electoral, y seguir las instrucciones para remitir los certificados online.

¿Qué pasa si no voté y tampoco justifico mi inasistencia en el plazo previsto por ley?

Si el elector no justifica su ausencia dentro de los 60 días, su nombre será incluido en una base de datos de acceso público llamada Registro de Infractores al Deber de Votar.

Según el Código Electoral (artículos 125 y 126), quien figure en esa lista "no podrá realizar gestiones o trámites durante un (1) año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales".

Este castigo rige durante un año a partir del día 60, o bien hasta pagar la multa.

El ciudadano que entre al Registro, según la norma, tampoco "podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección", si no pone su situación en orden.

¿Cómo verificar si estoy en el Registro de Infractores al Deber de Votar?

Para revisar el Registro de Infractores hay que entrar al sitio infractores.padron.gov.ar, escribir el número de documento, seleccionar el género y el distrito electoral, escribir el código de validación y apretar el botón "Consultar".

De inmediato el sistema desplegará una lista con el detalle de las últimas elecciones, indicando en cada caso "Ud. no es infractor" con un símbolo verde; o "No ha votado", en rojo, si hay una inasistencia registrada pendiente de resolución.

NOTICIAS RELACIONADAS


MAS LEÍDAS

ONDA 9 S.A - 4 de Enero 2153 - (0342) 410 9999 3000 Santa Fe Argentina
Suscribite a nuestro Newsletter