El texto completo de la carta es el siguiente:
La Asociación de Ginecología y Obstetricia de la ciudad de Santa Fe manifiesta su total rechazo al dictamen de las Comisiones de Legislación General; Legislación Penal; Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia; y de Acción Social y Salud Pública, de la Cámara de Diputados de la Nación, el que cobró estado público. En el referido dictamen se violentan gravemente derechos de jerarquía constitucional, tales como el igual derecho a la vida de todo ser humano (nacido o no nacido), el derecho a la libertad de ejercicio profesional de los médicos y el derecho a la objeción de conciencia (artículos 14, 16, 29, 33, 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional; artículos 1, 2 y 6 de la Convención de los Derechos del Niño en las condiciones de su vigencia y artículos 4 y 12 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos). En el referido dictamen, además de establecerse el derecho al aborto libre y a petición dentro de las primeras 14 semanas de gestación, se establece el derecho al aborto en el supuesto de violación con la presentación de una declaración jurada y el derecho al aborto si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto. Asimismo, se consagra un derecho al aborto, sin límite gestacional, si estuviera en riesgo la vida o la salud de la mujer o persona gestante, considerada como derecho humano, eliminándose el requisito de que no existan otros medios para evitar dicho riesgo (actualmente vigente). También se establece la responsabilidad penal de los profesionales de la salud, mediante la tipificación de conductas excesivamente amplias, tales como dilatar u obstaculizar la práctica abortiva, existiendo un serio peligro de que se subordine el criterio médico y su libertad en el ejercicio profesional, al criterio de otros profesionales de la salud, quienes, en definitiva, podrían ser quienes decidan si corresponde o no la realización de dicha práctica, mediante dictámenes psicológicos o relativos a la salud en sentido social. Lo expuesto, también contradice la ley provincial 4931 que regula el ejercicio del arte de curar y sus ramas auxiliares, conforme a la cual “… todo profesional debe tener el derecho de ejercer y recetar libremente de acuerdo a su ciencia y conciencia” (artículo 132). Finalmente, el proyecto de dictamen atenta gravemente contra el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales de la salud y de las instituciones que aquellos conforman, puesto que restringe de modo irrazonable el derecho de los primeros, y se los deniega las segundas, resultando manifiestamente inconstitucional. A su vez, propone la creación de un Registro de Objetores de Conciencia de carácter discriminatorio.-
Solicitamos a los diputados y senadores de la Nación que, en resguardo de la Constitución y del Estado de Derecho, se respete el derecho la vida de todo ser humano (nacido o no nacido), como así también los derechos de libertad en el ejercicio profesional y de objeción de conciencia de los profesionales de la salud, resguardándolos de todo trato discriminatorio, conforme al pluralismo y a las exigencias de una verdadera democracia.
Dr Alejandro Talin
Presidente