Un tribunal de segunda instancia confirmó e incrementó a 20 años de prisión la pena que deberá cumplir un hombre de 66 años como autor de delitos contra la integridad sexual de sus dos nietas menores de edad en la ciudad de Santa Fe.
Los fiscales Alejandra Del Río Ayala y Matías Broggi llevaron a cabo la investigación y representaron al MPA en todo el proceso judicial. El tribunal estuvo compuesto por Bruno Netri, Fabio Eduardo Mudry y Fernando Marcelo Gentile
En primera instancia había sido condenado a 12 años de prisión, la cual fue resuelta por unanimidad en marzo de este año por un tribunal integrado por los jueces Rodolfo Mingarini (presidente), Pablo Busaniche y Jorge Patrizi en el marco de un juicio oral.
Del Río Ayala y Broggi indicaron que “con diferentes pretensiones, la sentencia de primera instancia fue apelada tanto por la Fiscalía como por la Defensa”. Aclararon que “desde el MPA, cuestionamos el monto de la pena impuesta”.
Sostuvieron que “las víctimas son dos niñas que fueron abusadas por su abuelo materno durante al menos tres años”, y añadieron que “en el juicio oral presentamos pruebas contundentes de lo sucedido”. En tal sentido, plantearon que “consideramos justa la pena de 20 años determinada por los camaristas, que es la que habíamos solicitado en la acusación y en nuestros alegatos en el juicio oral”.
Por otro lado, manifestaron que “el representante de Villafañe planteó otros agravios a la sentencia del juicio oral que también fueron rechazados porque, tal como sostienen los camaristas, ‘no alcanzar a configurar ninguna crítica concreta y razonada’”. Según precisaron los fiscales del MPA, “entre otras cuestiones, la Defensa expresó su disconformidad con la calificación penal de los hechos delictivos, que es la que propusimos desde la Fiscalía y que los camaristas ratificaron”.
Las víctimas son hermanas y fueron abusadas mientras cursaban la escuela primaria. Aseguraron que “Villafañe las sometió a situaciones que implicaron sometimiento, denigración y humillación”.
Asimismo, afirmaron que “los ilícitos ocurrieron en reiteradas ocasiones en las que las niñas quedaron al cuidado del condenado”, y agregaron que “fueron hechos idóneos para adelantar el normal, libre y progresivo desarrollo de la sexualidad de las víctimas”.
Los fiscales señalaron que “la condena a Villafañe es por la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por haber sido cometido por un ascendiente y por haber estado encargado de la guarda), en contra de las dos niñas”.