El Senado sancionó por unanimidad una ley que apunta a restringir la aplicación, a los condenados por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura, del derogado beneficio del cómputo doble de los días de detención preventiva como ley más benigna, tal cual los estableció el controvertido falló la Corte Suprema de Justicia en el caso Muiña.
En un debate sin mayores estridencias políticas, pero en el que se escucharon duros cuestionamientos a los jueces Elena Highton, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, que suscribieron el fallo, la Cámara alta sancionó con el voto unánime de 56 senadores el proyecto que la Cámara de Diputados había aprobado menos de 24 horas antes. Lo hizo menos de tres horas antes de que organismos de derechos humanos y partidos políticos se concentren en Plaza de Mayo para repudiar la decisión del tribunal.
La iniciativa sancionada, de tan sólo tres artículos y consensuada de urgencia por un amplio arco de bloques políticos, apunta a evitar que el fallo de la Corte, y por lo tanto el denominado beneficio del 2 x 1, se pueda aplicar a otros casos de condenados por delitos de lesa humanidad durante la dictadura.
Con ese objetivo, en el primer artículo se establece que el cómputo doble de los días de detención sin condena que establecía la ley 24.390, denominada del 2 x 1 y que fue derogada en 2001, "no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho internacional".
Los otros dos artículos van en el mismo sentido, estableciendo que el cómputo del 2 x 1 sólo podrá aplicarse a aquellos procesados que estuvieron detenidos mientras la ley estuvo vigente (entre 1994 y 2001) y aclarando que ésta es la "interpretación auténtica" que debe hacerse del beneficio del 2 x 1 como ley más benigna y que "será aplicable a las causas en trámite". Con ésta última fórmula, el Congreso pretende salir al cruce de la catarata de recursos de ex represores que generó el fallo del máximo tribunal.
Fuente: La Nación