La diputada nacional por el partido justicialista por Santa Fe, Alejandra Rodenas, sostuvo que que “el Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, no reúne los requisitos indispensables para su validez. No hay circunstancias de excepcionalidad que lo justifiquen y esto lo transforma en inconstitucional”.
Según el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, sostiene que el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución...
Rodenas consideró que lamentablemente “este DNU avanza en la modificación de importantes leyes, como las laborales. Es inadmisible que se modifiquen temas tan sensibles como la inembargabilidad de las cuentas sueldo. Y esto ocurre en el medio del debate parlamentario, que se está llevando en torno a la tan mentada reforma laboral".
La legisladora sostuvo que "El Poder Ejecutivo avasalla gravemente la división de poderes y la potestad legisferante que corresponde al Poder Legislativo.” y que modificar por DNU la Ley de Contratos de Trabajo es inaceptable y queda claro que no hay urgencia ni necesidad que justifiquen semejante medida.
Por otra parte, el Decreto, excluye del régimen de contratación de la Administración Pública Nacional a los contratos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad (FGS), y autoriza a la ANSES a constituir y/o estructurar fideicomisos financieros o no, alquilar o prestar títulos y acciones y en general a realizar toda operación propia de los mercados financieros y bursátiles.
“Con esto se pretende dirigir los recursos del FGS al sistema financiero, cuando en realidad deberían utilizarse para fortalecer el aparato productivo y/o financiar obras de infraestructura, tan necesarias en nuestro país para generar un círculo virtuoso en nuestra economía" opinó Rodenas. Y agregó que "estos temas son algunos de los temas que aborda el DNU, entre muchos otros que revisten la misma o mayor gravedad. Por todo esto, la Comisión Bicameral tiene la obligación de expedirse con urgencia sobre la invalidez de este decreto para lo antes posible tratarlo en ambas cámaras. No podemos dilatar la discusión porque vulnera claramente la división de poderes y genera un antecedente de gravedad institucional.”