El Decreto de Necesidad y Urgencia anunciado por Javier Milei en Cadena Nacional y sobre todo el punto 27 del paquete de medidas, donde le abrió las puertas a las Sociedades Anónimas Deportivas mediante la modificación de la ley de Sociedades, causó en AFA cierta sorpresa.
En el mismo se especifica: “Sustituyese el artículo 30 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias, por el siguiente: “ARTÍCULO 30.- Las sociedades anónimas y en comandita por acciones solo pueden formar parte de sociedades por acciones y de responsabilidad limitada. Las asociaciones y entidades sin fines de lucro sólo pueden formar parte de sociedades anónimas. Podrán ser parte de cualquier contrato asociativo.” y además: ”Sustituyese el inciso 1) del artículo 77 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias por el siguiente: “1) Cuando se tratare de sociedades comerciales, acuerdo unánime de los socios, salvo pacto en contrario a lo dispuesto para algunos tipos societarios. Cuando se tratare de asociación civil que se transformare en sociedad comercial o resolviera ser socia de sociedades anónimas, voto de los dos tercios de los asociados;”
¿Qué dice el estatuto de AFA y porqué un club que decida convertirse en SAD sería desafiliado?
Lo cierto es que si bien el DNU ya fue publicado en el Boletín Oficial deben cumplimentarse pasos institucionales correspondientes. En primer lugar pasar por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo en la que se analizará solamente si existe necesidad y urgencia en el DNU publicado. Si la Comisión emite dictamen positivo, le alcanzará al Ejecutivo con la aprobación de una de las dos cámaras (senadores o diputados) para que quede vigente.
Lo cierto, es que más allá de lo firmado por Javier Milei, la Asociación del Fútbol Argentino no contempla en su estatuto que sus miembros sean Sociedades Anónimas. Sin embargo, con el decreto anunciado, se plantea la duda: ¿Qué puede pasar si un club se convierte en SAD?
"Doble Amarilla" pudo saber que hasta tanto AFA no lo permita en su estatuto (algo hoy poco probable), si alguna institución decide "cambiar", quedará inhabilitada para disputar competencias nacionales e internacionales (CONMEBOL y FIFA) y perderá la afiliación.
En contrapartida, el artículo 19 del DNU dado a conocer esta tarde-noche por Milei tiene un apartado bastante “particular” y que parece estar dirigido directamente a esta situación: "No podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una
organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias", reza el texto. En simples palabras, desde el Gobierno le estarían “prohibiendo” a AFA, “prohibirle” participar o jugar a algún club que quiera ser SAD.
Sin embargo, según pudo saber este portal, en AFA entienden que no se le está prohibiendo o discriminando a las instituciones en caso de llegar a ese punto. Al igual que sucedería en un club, donde ⅔ de sus socios deberían votar a favor del cambio de Asociación Civil a Sociedad Anónima para que se concrete, en la Asociación del Fútbol Argentino debería pasar con los asambleístas en las diferentes Asambleas donde se reforma el estatuto.
Dato no menor es que FIFA condena cualquier intervención gubernamental sobre las Asociaciones Miembro y en caso que el actual Gobierno quisiera sobrepasar el reglamento o estatuto de AFA, podría derivar en una intervención y las sanciones que eso conlleva.
QUÉ DICE EL ESTATUTO DE AFA
En el Glosario de la carta magna de la casa madre se identifica: a un club como: asociación civil con personería jurídica en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación, Libro I, Título II, Capítulo 2, y la autoridad de contralor de la respectiva jurisdicción que ha sido admitida por la Asamblea como miembro de la AFA o de una liga reconocida por la AFA y con al menos un equipo que participa en una competición.
Y en el mismo apartado se explica que un Miembro debe ser: asociación civil con personería jurídica (club o liga) en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación, Libro I, Título II, Capítulo 2, y la autoridad de contralor de la respectiva jurisdicción, que ha sido admitida por la Asamblea como tal. Justamente en este punto es que el debería modificarse según Javier Milei.
Dentro de las DISPOSICIONES GENERALES en el Artículo 1 se detalla: “La Asociación del Fútbol Argentino es una asociación civil, constituida con arreglo a la legislación de Argentina e inscripta en la Inspección General de Justicia. Su duración es indefinida”
Mientras que en el capítulo II. MIEMBROS, en el Artículo 9 explica: “los clubes a incorporarse en carácter de invitados por la AFA deberán revestir el carácter de asociaciones civiles sin fines de lucro”
Mientras que el Artículo 10 detalla los pasos y los requisitos para la admisión dentro de la AFA: “Toda asociación civil sin fines de lucro con personería jurídica que desee convertirse en miembro de la AFA presentará una solicitud por escrito ante la secretaría general de la AFA.
El cuestionamiento por parte del “mundo fútbol”, es porqué Milei que está en contra de las “intervenciones del estado” tiene que meterse dentro de las decisiones del fútbol. Hay quienes están convencidos que este decreto es una devolución de favores a Mauricio Macri.
El ex presidente de Boca y de la Nación, apoyó sustancialmente la candidatura de Milei y estas medidas son parte de una retribución por aquella “banca”. Durante todos estos días donde estaba instalado el rumor, varios dirigentes se preguntaron sobre la “necesidad y urgencia” tiene sobre el fútbol y los intereses de Macri-Milei al respecto: ¿Qué le molesta o qué quiere manejar? son algunos de ellos.
Cabe recordar que el pasado 14 de noviembre, la Liga Profesional de Fútbol expresó su postura en contra de las sociedades anónimas tras los dichos del por entonces candidato a presidente por ‘La Libertad Avanza’ de Javier Milei y además le apuntó a Mauricio Macri por cuestionar el formato de competencia de la Primera División.
“No a las SAD”, tituló la LPF al momento de hacer trascender este comunicado, publicado en su sitio web oficial. Tras esto, agregaron: “Los clubes de Primera División del fútbol argentino renuevan su postura histórica de afianzar y sostener el modelo de asociaciones civiles sin fines de lucro y rechazar de plano el formato de sociedades anónimas”.
El por entonces candidato libertario se expresó varias veces a favor de las sociedades anónimas y días después, en el marco de su presentación por la candidatura para ser vicepresidente 1° de Boca por la oposición, Mauricio Macri reforzó estos conceptos diciendo que "cada club debe decidir cómo se quiere organizar”.
Con información de Doble Amarilla