A través del decreto 48, firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y los ministros de Economía, Pablo Olivares, y de Salud, Silvia Ciancio, el Gobierno provincial creo desde enero de este año una asignación especial no remunerativa denominada “Jerarquización por Función Directiva” destinada a aquellos agentes que cumplan efectivamente funciones de dirección y subdirección en calidad de titulares o interinos y/o suplentes, en efectores de salud provinciales regulados por las Leyes N° 6312 y N° 10608.
En los fundamentos del decreto, se remarca que “resulta prioritario para esta gestión de gobierno, jerarquizar y reconocer el desempeño de las tareas que ejercen los órganos de conducción superior de los efectores de salud pública provincial, constituyendo las políticas y prácticas retributivas un instrumento idóneo para estimular en los servidores públicos el esfuerzo, rendimiento individual y colectivo, el aprendizaje y desarrollo de competencias en el cual converjan las expectativas de progreso profesional y laboral con las dinámicas necesidades de las organizaciones públicas”.
“En consecuencia, disponer el otorgamiento de un incentivo económico contribuirá a valorar su compromiso, esfuerzo y dedicación en la mejora de la calidad de los servicios de salud (…) Siendo el recurso humano el actor más valioso de un servicio de salud, la aplicación de un conjunto de incentivos eficaces representa una inversión mediante la cual ese activo vital puede protegerse, fomentarse y desarrollarse” se remarca en la norma publicada en el Boletín Oficial de Santa Fe este lunes 20 de enero.
En el artículo 2 del decreto establece que “la asignación especial creada (…) se liquidará mensualmente y será una suma complementaria al haber neto liquidado al agente por el mes inmediato anterior, de acuerdo a los siguientes montos asegurados por función y nivel:
Nivel de complejidad de efector. 3er Nivel de Atención - Alta Complejidad
Director $4.000.000
Subdirector $3.200.000
2do Nivel de Atención - Mediana Complejidad -Hospitales Descentralizados / SAMCOS identificados
con servicios de complejidad
Director $3.500.000
Subdirector $2.560.000
2do Nivel de Atención - Mediana o Baja Complejidad - Con Internación – SAMCOS
Director $2.560.000
1er Nivel de Atención - Baja Complejidad - Sin Internación – SAMCOS
Director $2.000.000
En el tercer artículo se detalla que “la suma complementaria a liquidar surgirá de la diferencia entre el haber neto mensual percibido por los agentes referidos en el artículo 1º en el mes de referencia (previo a la retención del Impuesto a los Ingresos Personales – Ley Nº 27743), y el monto asegurado en el artículo 2° de la presente norma”.
Además se dispone que la asignación no remunerativa establecida “no será base de cálculo de ningún adicional, suplemento y/o compensación vigente o a crearse, como tampoco será tenida en consideración para el cálculo de haberes mínimos garantizados o incrementos mínimos garantizados”.