El Ministerio de seguridad tomo la resolución de clausurar la tribuna norte baja donde se ubica la "Barra Brava" de Colón ante los hechos ocurridos el pasado fin de semana en el partido suspendido entre Colón y Vélez.
El secretario de coordinación de seguridad en competencias deportivas y espectáculos masivos del Ministerio de Seguridad resuelve:
ARTÍCULO 1º: Disponer que para las próximas 2 fechas del Torneo Oficial de Primera División de la Superliga Argentina de Fútbol que disputará el Club Atlético Colón en condición de local en el Estadio Brigadier General Estanislao López (fecha 24ª y 26ª), en la que recibirán como visitantes al Club Atlético Patronato de Paraná y al Club Atlético River Plate, se encontrará inhabilitada la parte media de la tribuna popular norte en el espacio que habitualmente ocupa la denominada “barra brava”, en la que no se permitirá el acceso de público sin excepción, ya sean socios o no socios;
ARTÍCULO 2º: Disponer que para los referidos encuentros futbolísticos en que el Club Colón hará las veces de local no se permitirá el ingreso de simpatizantes a la tribuna popular norte baja portando banderas, estandartes, ni instrumentos musicales, ya sean de viento o percusión, ni de ningún tipo, debiendo a su vez el Club Colón señalar a la autoridad policial a cargo del operativo de seguridad del partido mencionado, si existieran en la sede o en las instalaciones un espacio o espacios destinados a la guarda de los mismos.-
ARTÍCULO 3º: Instar a la dirigencia del Club Atlético Colón a extremar los cuidados y medidas tendientes a brindar la mayor seguridad posible a los asistentes a los próximos encuentros que el Club dispute en carácter de local;
ARTÍCULO 4º: Disponer que en todo el perímetro del campo de juego no se permitirá la fijación de banderas, carteles, o estandartes sobre el alambrado;
ARTICULO 5º: Comunicar a la Unidad Regional Uno de Policía de Santa Fe que se deberán arbitrar todos los medios que resulten necesarios a fin de que se establezca un perímetro de seguridad en las adyacencias del estadio a fin de garantizar la seguridad de las personas que concurran, como asimismo hacer efectiva la restricción de ingreso de las personas sobre las cuales pesa el derecho de admisión. Asimismo la fuerza policial deberá asegurar el cerramiento y resguardo los espacios que pudieren indicar las autoridades del club como lugares de guarda de banderas, instrumentos, etc., logrando que efectivamente dichos elementos no sean utilizados.-
ARTÍCULO 6º: Atento a la situación de violencia constatada y por estrictas razones de seguridad se deberá notificar a la dirigencia del Club Atlético Colón que se deberán abstener de hacer entrega de entradas de favor o gratuitas. En caso de existir un listado de personas cuyo ingreso se facilitara por razones de protocolo, la misma deberá ser nominada, rubricada por un dirigente con facultades suficientes y fehacientemente presentada con la suficiente antelación, ante la Subsecretaría de Coordinación de Seguridad en Competencias Deportivas y Espectáculos Masivos a los efectos de proceder a habilitar el ingreso de los mismos.-
ARTÍCULO 7º: Disponer la extensión de la sanción mencionada en el artículo 1º por el lapso de 4 fechas adicionales de manera condicional a que no se registren nuevos incidentes en el estadio Brigadier General Estanislao López.